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Asamblea garantiza pago oportuno de la pensión de Navidad con nuevo decreto

El beneficio, equivalente a la mitad de la pensión mensual, podrá cancelarse hasta inicios de diciembre, en cumplimiento de la Ley Integral del Sistema de Pensiones.

La Asamblea Legislativa aprobó con 59 votos la ampliación del plazo para el pago de la pensión de Navidad y del beneficio adicional anual, establecidos en la Ley Integral del Sistema de Pensiones, así como para la entrega de pensiones alimenticias.

El decreto, de carácter especial y transitorio, permitirá que los pagos puedan realizarse desde la entrada en vigencia de la normativa hasta el quinto día hábil de diciembre de 2025, garantizando que los beneficiarios reciban sus prestaciones dentro del plazo establecido.

Cada institución previsional deberá fijar y comunicar la fecha exacta de pago dentro de ese periodo, sin poder exceder la fecha límite. En el caso de las pensiones alimenticias, estas podrán efectuarse desde la entrada en vigor del decreto hasta el 1 de diciembre de 2025, ya sea por medio de depósito o entrega personal, sin alterar las condiciones fijadas en resoluciones judiciales o administrativas.

El marco legal que respalda esta medida se sustenta en el artículo 50 de la Constitución de la República, que establece que la seguridad social constituye un servicio público de carácter obligatorio, orientado a proteger a la población mediante la adecuada coordinación de las instituciones encargadas.

La Ley Integral del Sistema de Pensiones, aprobada en 2022, en su artículo 97 reconoce el derecho de los afiliados retirados a recibir una pensión de Navidad equivalente a la mitad de su pensión mensual, pagadera durante los primeros cinco días hábiles de diciembre.

Con la ampliación del plazo, el Gobierno y la Asamblea buscan garantizar la estabilidad económica y la protección social de los jubilados, facilitando que las instituciones cumplan con los desembolsos sin contratiempos administrativos ni retrasos en los beneficios.

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